Suprema Corte da por leída sentencia que envía a Ciudad Nueva cinco imputados del caso Odebrecht

Los jueces consideraron que realizaron una interpretación progresiva en favor de los derechos fundamentales y garantías procesales

Pleno de la Suprema Corte de Justicia durante la lectura de la sentencia por el caso Odebrecht. (Dania Acevedo)

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) concluyó este martes con la lectura íntegra de la sentencia mediante la cual la alta corte renunció a su competencia para juzgar a cinco de los imputados por los sobornos de Odebrecht, y solo mantuvo en jurisdicción privilegiada al senador Tommy Galán.

De acuerdo con algunos abogados, todos los defensores de los imputados estuvieron de acuerdo con que la sentencia se diera por leída y entregada a las partes para ahorrar tiempo, pero la Procuraduría se opuso, lo que conllevó que se tuviera que leer la resolución completa durante una audiencia de cuatro horas y 18 minutos.

La resolución tenía 71 páginas, compuesta por las nueve disposiciones del fallo, las consideraciones para cada una de las decisiones y un cronograma procesal, que parte desde la resolución 005-2019, con la que el juez de instrucción especial, Francisco Ortega Polanco, declaró el auto de apertura a juicio.

A partir de la entrega de esa sentencia, las partes que no se sientan contentas con la decisión podrán recurrir mediante oposición en un plazo de seis días, según explicó el abogado Miguel Valerio.

Transcurrido ese plazo, la parte del expediente en la que se acusa a Conrado Pittaluga, Andrés Bautista, Ángel Rondón, Roberto Rodríguez y Víctor Díaz Rúa será enviada al Palacio de Justicia de Ciudad Nueva, donde se llevará a cabo el juicio a ese grupo.

Cuando el expediente llegue a Ciudad Nueva, el presidente de la Cámara Penal del Distrito Nacional , Teófilo Andújar, deberá sortear el proceso para determinar qué tribunal colegiado llevará el caso.

El caso del senador Tommy Galán será conocido por la Sala Penal de la Suprema para poder apelar una posible condena ante el Pleno de la Suprema Corte de Justicia.

Motivaciones en la sentencia

De acuerdo con las motivaciones expresadas en la sentencia, con la decisión que dio el Pleno al caso “se resuelve restablecer la vulneración al derecho a recurrir de los imputados juzgados en única instancia ante esta Suprema Corte de Justicia”.

Además, la Suprema Corte establece que en dicha sentencia realizaron una interpretación progresiva en favor de los derechos fundamentales y garantías procesales más acorde con la Constitución, los tratados internacionales, las leyes nacionales y el Estado de derecho vigente.

Aclaran que con la decisión no alteran el objeto de la jurisdicción privilegiada, y solo se limitaron “a distribuir entre sus órganos las labores penales no definidas claramente, conservando la competencia de la Suprema Corte de Justicia”.

“En modo alguno esta decisión implica la creación de una nueva instancia, jurisdicción, competencia o recurso distintos a los ya establecidos en las normas citadas”, aclara la resolución en el numeral 122.

Periodista en ejercicio desde el 2014. Ha ejercido la profesión en los principales medios impresos de la República Dominicana. Escribe sobre casos judiciales, derechos humanos, criminalidad y otras problemáticas sociales.