A 2026 todavía le quedan dos fines de semana largos: así caerán Navidad y Año Nuevo
El próximo feriado será el jueves 24 de septiembre, Día de Nuestra Señora de las Mercedes. Pero es inamovible
Al calendario laboral dominicano todavía le quedan dos fines de semana largos antes de terminar 2026: uno en noviembre, por el traslado del Día de la Constitución, y otro en diciembre, porque Navidad caerá viernes.
Además, la temporada navideña tendrá una particularidad favorable para quienes descansan sábado y domingo: Nochebuena será jueves 24 de diciembre, Navidad viernes 25 y la llegada de 2027 volverá a producirse en jueves y viernes.
El calendario oficial publicado por el Ministerio de Trabajo establece que el viernes 6 de noviembre, Día de la Constitución, será laborable y su carácter no laborable se trasladará al lunes 9 de noviembre. Esto producirá un descanso continuo desde el sábado 7 hasta el lunes 9 para quienes trabajan de lunes a viernes.
El segundo fin de semana largo llegará con Navidad. El 25 de diciembre caerá viernes y, por tratarse de uno de los feriados excluidos de traslado por la Ley 139-97, se celebrará ese mismo día. De esta forma, se unirán viernes 25, sábado 26 y domingo 27 de diciembre.
Antes de esas fechas, el próximo feriado será el jueves 24 de septiembre, Día de Nuestra Señora de las Mercedes. Pero es inamovible.
Nochebuena será jueves
La Nochebuena de 2026 caerá el jueves 24 de diciembre. Sin embargo, esa fecha no figura como feriado nacional en el calendario oficial, por lo que legalmente el día no laborable será el viernes 25, Navidad.
Una situación similar ocurrirá la semana siguiente. El jueves 31 de diciembre será Nochevieja, pero tampoco constituye un feriado establecido en el calendario laboral.
El próximo Día de Año Nuevo será el viernes 1 de enero de 2027, lo que producirá otro período de tres días de descanso, hasta el domingo 3 de enero, para quienes tienen libres los fines de semana.
El Año Nuevo correspondiente a 2026 ya se celebró el jueves 1 de enero pasado.
¿Por qué se mueven algunos feriados?
La distribución de los días libres está regulada por la Ley 139-97, promulgada en junio de 1997.
La legislación dispone que cuando determinados feriados coinciden con martes o miércoles, el carácter no laborable pasa al lunes anterior; si caen jueves o viernes, se traslada al lunes siguiente.
La norma, sin embargo, establece excepciones. No se trasladan Año Nuevo, el Día de Nuestra Señora de la Altagracia, la Independencia Nacional, Nuestra Señora de las Mercedes y Navidad, entre otras fechas contempladas por la legislación.
Para lo que resta de 2026, el calendario queda así:
- Jueves 24 de septiembre: Día de las Mercedes, no se mueve.
- Lunes 9 de noviembre: feriado por el Día de la Constitución, trasladado desde el viernes 6.
- Jueves 24 de diciembre: Nochebuena, no es feriado nacional.
- Viernes 25 de diciembre: Navidad, feriado inamovible.
- Jueves 31 de diciembre: Nochevieja, no es feriado nacional.
- Viernes 1 de enero de 2027: Año Nuevo, feriado inamovible.