Las propinas
El sistema de propina obligatoria es de una ley de hace casi 70 años y no podía prever los cambios que se han dado en el entorno del servicio en el país.
La reforma al Código Laboral prácticamente repitió las fórmulas establecidas en la ley de 1960 que prevé el pago de una propina obligatoria en “los hoteles, restaurantes, cafés, barras y en general, en los establecimientos comerciales donde se expende para su consumo en esos mismos lugares comidas o bebidas...”
Basándose en esa disposición legal han quedado fuera de la propina los llamados “deliveries” que, en verdad, son el equivalente del mozo que te sirve la comida en el restaurante, con el agravante de que corren peligro en las calles distribuyendo las comidas.
Parecería de justicia que todo el que participa en la rendición de un servicio de “hoteles, restaurantes, cafés, barras” deba recibir su parte alícuota de la propina, pues la cadena de producción y servicio es la misma.
Además, reflejaría el cambio de hábitos de la población sin penalizar a miembros de la cadena de valor de la industria. Seamos justos.
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