Lidia Esther Pérez
El peligro oculto del nuevo Código Penal contra la investigación periodística
La propuesta de la diputada Lidia Esther Pérez merece ser tomada en consideración con seriedad. Porque es la iniciativa, de las tres que hasta la fecha se han depositado, que enfrenta de manera más directa la peligrosa ambigüedad que conserva el artículo 208 del nuevo Código Penal sobre la difamación.
El texto promulgado permite considerar difamatoria la imputación pública de un hecho que afecte el honor o el buen nombre de una persona, pero no establece claramente que ese hecho debe ser falso. Tampoco exige que quien lo divulga conozca su falsedad o actúe con desprecio temerario hacia la verdad. En esas condiciones, una investigación periodística verdadera, documentada y de interés público podría originar una persecución penal simplemente porque perjudica la reputación de alguien.
Pérez propone corregir ese problema desde la definición misma del delito. Su proyecto exige que la imputación sea falsa y que haya sido difundida con conocimiento de su falsedad o con manifiesto desprecio hacia la verdad. También protege las opiniones, críticas, denuncias, investigaciones periodísticas y expresiones de interés público, reconoce la base razonable de verificación y elimina la prisión para la difamación simple.
Las demás propuestas contienen avances, pero dejan preguntas importantes. La presentada por el presidente del Senado, Ricardo de los Santos, reduce la pena y añade protecciones para informaciones vinculadas con corrupción, políticas públicas y función estatal.
Sin embargo, conserva intacta la definición que no distingue entre verdad y falsedad. La propuesta colectiva de varios diputados crea una excepción para asuntos de interés público, siempre que no se demuestre “dolo”, pero no aclara si ese dolo significa intención de publicar, intención de afectar la reputación o conocimiento de que la información era falsa. Esa imprecisión puede convertirse en otra puerta para la intimidación judicial.
La iniciativa de Pérez también necesita ajustes: debe establecer expresamente que corresponde al acusador probar la falsedad y que la verdad excluye, no sólo atenúa, la responsabilidad. Pero ofrece la base más coherente para comenzar la discusión.
Pérez depositó su proyecto sola, sin el respaldo visible de un bloque de legisladores o del Poder Ejecutivo. En los últimos meses el Congreso ha demostrado que puede ser un sello gomígrafo cuando es necesario del Poder Ejecutivo, espero que pese al poco tiempo que se tiene para la entrada en vigencia del nuevo Código Penal, todas las propuestas sean tomadas en cuenta. Descartarla por falta de acompañamiento sería un error.
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