TC declara inconstitucional régimen disciplinario de los abogados; da plazo al Congreso para regular
Tres magistrados emitieron votos salvados al considerar que mantener vigente el régimen durante ese plazo podría afectar derechos fundamentales
El Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales varios artículos que establecían el régimen disciplinario de los abogados del país, al considerar que el Poder Ejecutivo asumió una función que corresponde al Congreso Nacional. La decisión está contenida en la sentencia TC/0129/26, publicada ayer miércoles.
El tribunal acogió una acción directa de inconstitucionalidad presentada por la abogada Lilia Fernández León contra los artículos 73 al 77 del Decreto 1290 de 1983, que ratificaba el Código de Ética del Colegio de Abogados de la República Dominicana.
Estas disposiciones establecían infracciones y sanciones disciplinarias para los abogados, que podían ir desde amonestaciones hasta la inhabilitación perpetua para ejercer la profesión.
- El TC consideró que el Poder Ejecutivo creó mediante decreto un régimen sancionador —con infracciones, sanciones y procedimientos— sin que existiera una ley que le otorgara esa facultad. También, por conexidad, también fue declarado inconstitucional el artículo 116 de la Ley 3-19 que crea el Colegio de Abogados, por delegar en el Código de Ética la determinación de las infracciones y sanciones, una materia que corresponde al legislador.