Condenan a 30 años de prisión a hombre por rociar aceite caliente a su expareja en Bávaro
La víctima, identificada como Robelkys Altagracia Torres, sufrió quemaduras de primer y segundo grado
El Tribunal Colegiado de La Altagracia condenó a 30 años de reclusión a Melquíades Mejía Guerrero, tras ser hallado culpable de intentar asesinar a su expareja, Robelkys Altagracia Torres, en un hecho ocurrido el 30 de diciembre de 2023 en el distrito municipal Verón-Punta Cana.
De acuerdo con los hechos establecidos en el proceso, el agresor actuó de manera premeditada mientras ambos se encontraban en su lugar de trabajo, un establecimiento comercial ubicado frente a Pueblo Bávaro. En horas de la tarde, aproximadamente a las 4:30 p.m., el imputado calentó un caldero de aceite hasta llevarlo a ebullición en la cocina del local.
Posteriormente, utilizando como pretexto que deseaba conversar, hizo llamar a la víctima a través de un compañero de trabajo. La mujer, sin sospechar las intenciones, acudió al lugar, donde fue sorprendida por el agresor, quien tras insistir en retomar la relación y recibir una negativa, la sujetó por el cabello, la lanzó al suelo y le vertió el aceite hirviente en el cuerpo, emprendiendo la huida de inmediato.
Consecuencias médicas y psicológicas para la víctima
Como consecuencia del ataque, la víctima sufrió quemaduras de primer y segundo grado en aproximadamente el 40 % de su cuerpo, incluyendo rostro, cabeza, tórax y extremidades superiores, lo que requirió múltiples intervenciones médicas, ingreso en cuidados intensivos y procedimientos quirúrgicos especializados.
- Evaluaciones médicas posteriores determinaron que la mujer presenta secuelas permanentes, con un 20 % de su superficie corporal afectada por cicatrices profundas, así como daños funcionales y estéticos en distintas partes del cuerpo. Además, informes psicológicos confirmaron afectaciones emocionales significativas, como ansiedad, insomnio y estado depresivo, producto del trauma sufrido.
El tribunal acogió las pruebas que demostraron la gravedad de los hechos, calificando la agresión como un acto de extrema violencia motivado por la negativa de la víctima a continuar la relación sentimental. La condena deberá ser cumplida en un centro de reclusión del país.
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