El Estado que dejó de contar (VI)

Los fideicomisos públicos han ganado espacio como mecanismo para ejecutar grandes proyectos de infraestructura y administrar recursos estatales

El uso del fideicomiso público para la obra estatal evidencia serias fallas de fiscalización. (Shutterstock)

*Nota del autor. Las cifras centrales de esta serie proceden de documentos oficiales dominicanos, organismos multilaterales y estudios identificados expresamente. Cada afirmación cuantitativa lleva su fuente, fecha, definición y condición de uso en un expediente disponible para cualquier periodista, legislador o lector que lo solicite. Cuando una cifra no ha resistido la verificación, se ha retirado o corregido por escrito. Y lo que aquí se afirma que el Estado no publica se comprobó por última vez en septiembre de 2026: se consigna la fecha porque una ausencia puede dejar de serlo y, si eso ocurre, se corrige igual.

Hay una forma de que el Estado dominicano construya, contrate y cobre peajes fuera de la estructura presupuestaria ordinaria de cualquier institución: el fideicomiso público. No es ilegal ni es nuevo. El Estado aporta bienes o ingresos, una fiduciaria los administra, y ese patrimonio separado contrata por su cuenta. Parte de sus transferencias, garantías y préstamos sí aparece en otras cuentas del Estado, pero la operación se presenta aparte. Hoy es el instrumento por donde pasa buena parte de la obra pública.

El tamaño

El Fideicomiso RD Vial, que administra los peajes, cerró 2024 con RD$67,076.5 millones de deuda —RD$23,315.3 bancarios y RD$43,761.2 en bonos— y en diciembre de 2024 su plazo se extendió hasta 2060.

El FITRAM cerró 2025 con RD$66,578 millones en activos y apenas RD$3,520 millones en pasivos. Y esos estados no están auditados: lo dice su propio encabezado.

Léalo dos veces. Solo en anticipos a contratistas ese fideicomiso tiene RD$18,285 millones —RD$12,285 millones de ellos, para Alstom— y otros RD$42,274 millones en obras en proceso, reunidos en una sola línea y sin desglose por proyecto. Pero el contrato que la propia Alstom anunció por quinientos millones de euros no aparece en el balance: no hay nota de compromisos ni una sola cifra en euros en todo el documento.

Y la deuda de esas obras tampoco está: son préstamos soberanos —BNP Paribas y Citibank, el BID, la Agencia Francesa de Desarrollo, el BCIE— que pesan sobre el Estado, no sobre el vehículo que construye.

El FITRAM publica siete proyectos en su portal. De cada uno da los kilómetros, las estaciones, las cabinas y los pasajeros por hora. De ninguno da el precio.

Y fui a ver si la ley los trata distinto. No los trata distinto, y los administra la misma fiduciaria.

Fiduciaria Reservas administra los dos, y los dos contratos constitutivos —RD Vial en 2013, FITRAM en 2021— ordenan contratar un Auditor Externo Independiente y que el comité técnico apruebe estados auditados. La Ley 28-23 va más lejos: su artículo 21 tipifica como infracción muy grave no publicar los estados auditados.

RD Vial los publica, firmados por KPMG. No por virtud: porque tiene RD$43,761 millones en bonos y está inscrito en el Registro del Mercado de Valores. A él se lo cobran sus bonistas y la Superintendencia del Mercado de Valores. Al FITRAM no se lo cobra nadie.

La obligación de auditarse es la misma. Lo que cambia es quién la hace exigible.

Traducido a algo que se toca: usted paga en la caseta; ese peaje respalda una deuda de sesenta y siete mil millones; y el plazo del vehículo que la contrajo llega hasta 2060.

Y no consta en el repositorio de la Cámara de Cuentas ninguna auditoría de ese fideicomiso.

Y la obra se mudó de régimen

En seis años de la Ley de Alianzas Público-Privadas entraron veintiséis proyectos y uno solo llegó a contrato. La obra siguió construyéndose por otra vía.

El caso que lo prueba es la Autopista del Ámbar. Se presentó como alianza público-privada. El 29 de mayo de 2024 el Consejo declaró desierto el proceso competitivo, y en noviembre de 2025 RD Vial la relanzó como licitación bajo la Ley 340-06, adjudicada el 8 de julio de 2026 por RD$28,800 millones.

Misma obra, distinto marco. Y el marco al que se mudó no exige tres cosas: valor por dinero, comparación con la obra pública tradicional ni registro de pasivos contingentes ante Hacienda con su tope del 3 % del PIB. Las palabras «comparador» y «pasivos contingentes» no aparecen en la ley de compras.

Y el detalle que lo cierra. Bajo el régimen de alianzas, el Estado sí hizo esa comparación para esta misma obra: en 2021 calculó un valor por dinero de US$195.1 millones —US$338.6 millones por la vía pública tradicional contra US$143.5 por la privada—. Después se mudó al régimen donde ese cálculo no hay que hacerlo.

La alarma sí se dio. Tres veces.

Esto no es reciente ni es una preocupación de campaña.

El 28 de septiembre de 2021, el Senado aprobó en segunda lectura un proyecto del propio Poder Ejecutivo para crear un centro nacional de empresas y fideicomisos públicos, con funciones de «registro, supervisión y rendición de cuentas». Nunca se convirtió en ley.

El 31 de enero de 2022, el expresidente Leonel Fernández advirtió que la Ley 189-11 solo reconoce el fideicomiso privado, que había más de veinte fideicomisos públicos por unos RD$40,000 millones sin marco legal propio, y que «podría plantearse su nulidad por parte de cualquier persona, ante la jurisdicción correspondiente». Pedía una ley.

El 17 de marzo de 2023 esa ley se promulgó: la Ley 28-23 sobre Fideicomiso Público. La advertencia se hizo, la ley se pidió y la ley llegó.

Y entonces no pasó nada

La Ley 28-23 no es decorativa. Su artículo 14 los somete a la ley de compras; sus artículos 9 y 16, a la Cámara de Cuentas y a la Contraloría. Todo escrito desde marzo de 2023.

De los 110 informes de auditoría que la Cámara de Cuentas aprobó y publicó entre abril de 2025 y julio de 2026, ninguno corresponde a un fideicomiso público, a una alianza público-privada ni a una concesión.

Cero de ciento diez.

Y no hay que deducirlo: lo explicó la presidenta de la Cámara de Cuentas el 10 de agosto de 2026. «Donde quiera que hay un fideicomiso, nosotros enviamos una comunicación para que nos envíen las informaciones.»

Tres años y cinco meses después de la ley, el control apenas estaba pidiendo los papeles.

Y un epílogo: desde el 29 de agosto de 2026 la Cámara de Cuentas exige correo, clave y formularios para descargar sus informes. El órgano que no ha auditado un fideicomiso le puso llave a los informes que sí hizo.

Y lo dice el Fondo Monetario, no la oposición

En noviembre de 2025 el Fondo Monetario Internacional recomendó «integrar los fideicomisos públicos al reporte fiscal y a la documentación presupuestaria». La recomendación indica que, para el Fondo, la integración actual es incompleta. Y el propio Informe de Riesgos Fiscales permite ver hasta dónde llega.

El Informe de Riesgos Fiscales, edición de septiembre de 2025, no nombra un solo fideicomiso público ni ofrece el monto de sus activos, su deuda o sus pasivos contingentes. La única mención aparece al pie de una figura: «Estructura de fideicomisos público según transferencias del Estado». Sin cifras.

Ese informe clasifica el riesgo de las alianzas público-privadas como «bajo». Una clasificación cualitativa sin exposición cuantificada dice cómo se califica el riesgo, no cuánto dinero está comprometido. Y el contraste: la asociación privada de fiduciarias publica el consolidado de los 1,622 fideicomisos del país. El Estado no publica el de los suyos, y tampoco cuántos son: la última cifra dicha por un funcionario es de enero de 2023.

Lo que este caso demuestra, y no es sobre fideicomisos

Llevo cinco entregas mostrando ausencias: el dato que no está, la conciliación que nadie hace, el anexo que no se publica.

Este caso es distinto. No falta el diagnóstico: se hizo en 2021 y 2022. No falta la ley: llegó en 2023. No faltan los organismos. Y ahora sabemos que tampoco falta la obligación de auditarse.

Lo que falta es que alguien tenga que actuar en una fecha y que haya consecuencias si no lo hace. Es lo de SeNaSa: el indicador estaba publicado y nadie tenía que moverse cuando cruzara la línea. Aquí la obligación está escrita, pero nadie tiene que hacerla cumplir.

El dato que falta

Los estados auditados del FITRAM, que su propio contrato ordena. Los tiene Fiduciaria Reservas, y si no existen, la constancia de por qué.

El consolidado de activos, deuda y compromisos de los fideicomisos públicos, integrado al reporte fiscal. Lo tiene Hacienda.

Y el plan anual de auditoría de fideicomisos, concesiones y APP, con fechas. Lo tiene la Cámara de Cuentas, facultada desde hace tres años.

Ninguno requiere una ley nueva. La ley ya se pidió, ya se aprobó y ya está vigente.

Sesenta y siete mil millones de deuda en un solo fideicomiso, plazo hasta 2060, y cero de ciento diez informes.

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Este artículo es la sexta parte de una serie de ocho entregas. Próxima entrega: por qué el gasto de capital se concentra en diciembre.