Institucionalidad, medio ambiente y responsabilidad patrimonial del Estado: una reflexión necesaria

La propia Constitución dominicana reconoce el derecho colectivo a disfrutar de un medio ambiente sano y establece obligaciones concretas para el Estado en materia de preservación ambiental

Este artículo constituye uno de los pilares fundamentales del derecho administrativo, pues obliga a toda autoridad pública a actuar conforme a la ley y no según conveniencias políticas, presiones sociales o intereses circunstanciales. (Fuente externa)

Por décadas, la República Dominicana ha enfrentado uno de los grandes desafíos de los Estados modernos: encontrar un equilibrio adecuado entre la protección ambiental, el desarrollo económico y el respeto al Estado de Derecho.  La discusión pública generada recientemente en torno a proyectos extractivos y mineros vuelve a colocar este debate en el centro de la reflexión nacional.

La minería responsable, adecuadamente regulada, supervisada y sometida al cumplimiento estricto de las normas ambientales, puede representar una fuente importante de desarrollo económico, empleos, ingresos fiscales y fortalecimiento nacional, particularmente en un contexto global donde los minerales estratégicos continúan siendo fundamentales para múltiples industrias y tecnologías

En una democracia constitucional resulta legítimo que existan sectores sociales preocupados por la protección de los recursos naturales.  La propia Constitución dominicana reconoce el derecho colectivo a disfrutar de un medio ambiente sano y establece obligaciones concretas para el Estado en materia de preservación ambiental.

En consecuencia, cualquier proyecto susceptible de generar impacto ecológico debe ser sometido a estudios técnicos rigurosos, evaluaciones ambientales objetivas y procesos administrativos transparentes.

Sin embargo, tan importante como la protección ambiental es la preservación de otro principio esencial de toda democracia moderna: la institucionalidad.

Un Estado Social y Democrático de Derecho no puede tomar decisiones públicas exclusivamente sobre la base de presiones mediáticas, tendencias coyunturales o dinámicas emocionales del debate público. Las decisiones administrativas deben fundamentarse en criterios técnicos, científicos y jurídicos, respetando siempre el debido proceso y el marco legal vigente.

Precisamente ahí radica la importancia de la seguridad jurídica.

La inversión nacional y extranjera requiere reglas claras, previsibilidad y confianza institucional.  Cuando un país transmite la percepción de que permisos, autorizaciones o procesos regulatorios pueden alterarse al margen de los procedimientos legales establecidos, inevitablemente se afecta la credibilidad de sus instituciones y su clima de inversión.

La Constitución de la República Dominicana establece de manera categórica en su artículo 138:

"La Administración Pública está sujeta en su actuación a los principios de eficacia, jerarquía, objetividad, igualdad, transparencia, economía, publicidad y coordinación, con sometimiento pleno al ordenamiento jurídico del Estado."

Este artículo constituye uno de los pilares fundamentales del derecho administrativo, pues obliga a toda autoridad pública a actuar conforme a la ley y no según conveniencias políticas, presiones sociales o intereses circunstanciales.

Pero la reflexión jurídica no termina ahí, pues la propia Constitución Dominicana reconoce en su Art. 148, la responsabilidad patrimonial del Estado y de los funcionarios públicos por actuaciones ilegales o arbitrarias:

"Las personas jurídicas de derecho público y sus funcionarios o agentes serán responsables, conjunta y solidariamente, de conformidad con la ley, por los daños y perjuicios ocasionados a las personas físicas o jurídicas por una actuación u omisión administrativa antijurídica."

Asimismo, la Ley No. 41-08 de Función Pública establece en su artículo 90:

"El Estado y el servidor público o miembros del órgano colegiado actuante serán solidariamente responsables y responderán patrimonialmente por los daños y perjuicios causados por la acción u omisión del funcionario actuante."

Estas disposiciones poseen una enorme relevancia institucional que muchas veces pasa inadvertida en el debate público.

Con frecuencia se discute si un proyecto debe aprobarse o rechazarse, pero pocas veces se reflexiona sobre una pregunta jurídicamente trascendental: ¿quién asume la responsabilidad cuando una actuación administrativa ilegal o arbitraria termina generando una condena económica contra el Estado?

En otras palabras, si una autoridad pública actúa al margen de la ley, incumple procedimientos legales, desconoce derechos adquiridos o adopta decisiones administrativas antijurídicas que posteriormente provocan demandas, arbitrajes internacionales o condenas patrimoniales contra el Estado dominicano, ¿debe ser exclusivamente el pueblo dominicano quien cargue con las consecuencias económicas de esas actuaciones?

La Constitución y las leyes dominicanas parecen ofrecer una respuesta clara: la responsabilidad no recae únicamente sobre el Estado como ente abstracto, sino también, de manera conjunta y solidaria, sobre los funcionarios responsables de la actuación u omisión antijurídica.

Esta reflexión resulta particularmente importante en tiempos donde las decisiones públicas pueden generar impactos multimillonarios para las finanzas públicas y comprometer recursos que pertenecen a toda la sociedad dominicana.

Naturalmente, esta discusión no busca debilitar la protección ambiental ni promover aprobaciones automáticas de proyectos extractivos. Todo lo contrario.  Un verdadero modelo de institucionalidad exige estudios de impacto ambiental independientes, serios y técnicamente rigurosos.  Si un proyecto resulta incompatible con la sostenibilidad ambiental, corresponde rechazarlo conforme a criterios científicos y legales.

Pero igualmente, si los estudios técnicos y los procedimientos legales concluyen favorablemente, las decisiones estatales también deben respetar el marco jurídico aplicable.

Ni aprobación automática ni rechazo automático al margen de la ley. Ese debería ser el verdadero estándar institucional de un país que aspire a fortalecer simultáneamente su democracia, su seguridad jurídica y su credibilidad internacional.

La República Dominicana necesita consolidar una cultura nacional donde la protección ambiental, la inversión responsable, el desarrollo sostenible y el respeto al orden jurídico no sean vistos como objetivos incompatibles, sino como elementos complementarios de un mismo proyecto de nación.

Al final, la discusión de fondo trasciende cualquier proyecto específico.  La verdadera pregunta es si queremos un país donde las decisiones públicas se adopten conforme al derecho y las instituciones, o un país donde prevalezcan las presiones circunstanciales sobre el orden jurídico.

La respuesta a esa interrogante definirá buena parte del futuro institucional de la República Dominicana.

Estudiante de Derecho.